Es un tipo de servicio de transporte apropiado, programado y de categoría no urgente, para traslados formales, que tiene como propósito facilitar a las personas con discapacidad, dependencia o dificultad del uso de transporte público una mejor movilidad y acceso, en condiciones de conformidad efectiva, a los recursos y servicios que provean la promoción de su independencia personal, así como su contribución en el medio habitual.
El proceso debe iniciarse bajo el (artículo 6) a través de solicitud por parte del interesado/a dirigido a la jefatura provincial de la Consellería de Política Social.
En que se basa la prestación del servicio
Los usuarios o interesados solicitarán los traslados realizando una llamada al número 065. La autorización de cada tipo de servicio se ejecutará en función de las razones establecidas en el decreto y otros artículos 1, 2, 5 de la ley bajo el Decreto 99/2014, donde se regula el Servicio Gallego para el Apoyo a la Movilidad de personas con discapacidad o en situación de subordinación.
En él se determinan el objeto y propósito, los requisitos para conseguir un usuario y todo el proceso de prestación.
Beneficiarios
Las personas que pueden solicitar este tipo de servicio son aquellas que cumplan con los requisitos de ingreso establecidos:
- Contar con una autorizada situación de dependencia en cualquiera de sus niveles de dificultad.
- Ser certificado, conforme a la ley aplicable, un nivel de minusvalía superior o igual al 75%.
Requisitos
En base a los requisitos exigidos por el (artículo 3) de la ley son:
Ser residente de Galicia.
Contar con una reconocida situación de subordinación, o de discapacidad de grado superior o igual al 75 %.
Contar con una imposibilidad de uso del transporte público social, motivada por dichos escenarios, en función de los razonamientos del anexo 2 plasmado en el Real decreto 1971/1999, para el reconocimiento de la afirmación y cualificación del nivel de discapacidad:
- Silla de ruedas
- Dependencia absoluta de dos bastones
- Conductas agresivas, incomodas o de difícil control
- Puntuación según problemas de movilidad la cual es de un mínimo de 7 puntos.
Motivos y contenidos
El Servicio Gallego destinado a aportar ayuda a personas con movilidad escasa o con discapacidad en situación de dependencia contara con la consideración de un servicio público combinado y no urgente para la asistencia de servicios precisos.
Este servicio tiene como propósito:
Dar a disposición a personas con discapacidad o aquellas personas con situación de dependencia con una certificada imposibilidad para el uso del transporte público social, un transporte apropiado para facilitarles su traslado.
Beneficiar el acceso, en situación de igualdad efectiva, a usuarios con discapacidad o con una situación de dependencia a las prestaciones que provean la promoción de su independencia personal así como su contribución en el medio habitual.
Condiciones de prestación:
La prestación de este servicio Gallego para personas con discapacidad u otras necesidades básicas de traslado a personas registradas en base a la siguiente disposición de prioridades:
– Asistir a consultas públicas en las entidades de funcionarios públicos, cuando el traslado no sea competencia del medio sanitario.
– Traslado a las sedes asistenciales del sistema gallego social que, ofrecen servicio de hospedaje, de carácter temporal o permanente.
– Acudir a las actividades en centros del sistema gallego social que cuenten con inversión pública, y no cuente con servicio de transporte.
– Asistir a actividades educativas y formativas que ayuden la integración laboral y el impulso de la autonomía personal.
– Asistir a actividades del cuidado personal, como de nivel terapéutico como el rehabilitador.
Documentos a presentar
- Solicitud del paciente o de su delegado legal en modelo regularizado.
- Fotocopia compulsada del DNI o NIE de la persona solicitante.
- Certificado de empadronamiento.
- Si es menor de edad y no esté en propiedad del DNI, copia comprobada familiar, que contenga la hoja del nombre del beneficiario.
- Certificado de la discapacidad junto al grado de dependencia, emitido por la Comunidad Autónoma en Galicia.
- Solicitud y copia compulsada del DNI o NIE del representante.
¿Dónde llevar la documentación?
Las solicitudes, y la documentación podrán presentarse en:
- Registro de la delegación provincial del departamento en la provincia de residencia.
- Registros de los órganos administrativos.
- Cualquier otro órgano administrativo, que forme parte de la Administración General del Estado.
- Oficinas de Correos, en la forma que regularmente se establezca.