Renta mínima de inserción para personas con discapacidad Madrid

Renta mínima de inserción para personas que tengan a su cargo personas con discapacidad

Es una prestación financiera, integrada por un beneficio mensual básico y un complemento versátil.

Renta mínima de inserción para personas que tengan a su cargo personas con discapacidad

¿Quién puede recibir la Renta Mínima de Inserción en Madrid?

Podrá ser recibida por aquellas personas que garanticen gozar de una residencia legal en Madrid y cumpla con los requisitos determinados legal y regularmente.

Requisitos

  • Vivir de forma permanente en Madrid y estar inscrito en alguno de sus municipios, contando con una residencia efectiva y prolongada en Madrid durante el año anterior a la solicitud.
  • Dedicado a personas de 25 a 65 años durante la solicitud. Pueden pedirla también las personas que estén en alguna de los siguientes estados:
  • Para personas menores de 25 o de más de 65 y tener personas con alguna discapacidad (en grado superior o igual a 45%) bajo su responsabilidad.
  • Contar entre 18 y 25 años y asistir una de las siguientes situaciones:
  • Haber sido tutelado por Madrid hasta conseguir la mayoría de edad.
  • Orfandad absoluta.
  • Grave supresión social.
  • Víctima de violencia en el grupo familiar o de intimidación de género.
  • Ser parte de un programa de inclusión explícitamente conocido por la Consejería de Políticas Familiar y Sociales.
  • Tener más de 65 años, y no contar con ingresos o tener ingresos menores al monto de beneficio mensual básicos de Renta Mínima:
  • Sea una persona que viva sola o sea integrante de un equipo de convivencia en la que nadie logre ser titular del beneficio.
  • Tenga una recaída por rechazo de pensión de jubilación por no reunir los el tiempo de domicilio legal previo en territorio español.
  • Formar una unidad de relación con una anticipación mínima de seis meses.
  • Necesitar de recursos económicos aptos para hacer frente a los gastos básicos de la vida.
  • Haber pedido a los organismos competentes, con carácter precursor a la petición de la renta mínima de inserción, prestaciones y pensiones a persona aspirante y los integrantes de la unidad familiar pudiera tener derecho.
  • Tener bajo representación escolarizados menores de edad que sean parte de la unidad de compatibilidad en edad de escolarización necesaria.
  • Haber inscrito el compromiso de formalización reglamentado al programa individual de inclusión y de participar abiertamente en las disposiciones que se contengan en el mismo.

Importe

El importe es variable en función al número de integrantes a la unidad de convivencia y de los medios económicos con los que cuenta.

Una solicitante que viva sol, sin otros tipos de ingresos, recibirá el monto de 469,93 euros cada mes, para dos personas un monto de 587,41 euros y 3 personas la cantidad de 662,52 euros, hasta 965 euros, siendo esta el  monto máximo a recibir.

Si el grupo familiar cuenta con medios financiero, éstos serán deducidos a través de un estudio que hace la Renta Mínima de Inserción con el fin de establecer un monto exacto, siendo la diferencia que implique el importe mensual que apreciará.

Cuando en un hogar convivan un grupo de personas perceptoras de Renta Mínima de Inserción, se empleará una cifra reductora.

La prestación se lleva a cabo mensualmente, sin pagos extraordinarios, y  si el titular necesita de otros ingresos financieros no está exigido a efectuar la declaración ante el IRPF.

Documentación a presentar

  • Sacar la Solicitud. Pulsando en el botón TRAMITAR para tener acceso al espacio de trámite donde logras hallar el formulario.
  • Documentación que representación el formulario. Se muestran aquellos documentos que debes contribuir junto a los datos que debes consultar la Comunidad de Madrid.
  • Recuerda que eres el único responsable de la autenticidad de los documentos que presentes ante el organismo.

Tramitación

Para llevar a cabo la solicitud, y los documentos acreditativos, se presenta de manera presencial, llegando a la sede municipal de servicios sociales correspondiente a la persona en situación de su domicilio, llevándose a cabo la apertura del conveniente expediente administrativo.

Órgano responsable

  1. Consejería de Familia, Juventud y Política Social
  2. Viceconsejería de Familia, Juventud y Política Social
  3. G. de Integración

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